Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÒN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por la Ciudadana BENITA MARTINO ESTRADA, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena al ciudadano Director de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes y al Ciudadano Registrador Principal del Estado Cojedes, estampar la debida nota marginal a la partida de nacimiento, la cual corre inserta bajo el acta Nº 702, Folio 361, de los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo San Carlos de este Estado Cojedes, durante el año de 1.959, previamente determinada, así: a) Donde dice: “.....