REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
SALA DE JUICIO Nº 01

San Carlos, 21 de Febrero del 2006
Años 195° y 146°

Vistas las actuaciones que anteceden; y confirmado que en efecto los beneficiarios, ciudadanos: MARIELIS ELIZABETH y KERWIN RAFAEL GONZALEZ CAICEDO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.593.291 y V-17.593.290, han alcanzado la mayoría de edad; según se evidencia de las actas de nacimientos que corren insertas a los folios tres (3) y cuatro (4), emitidas por la Prefectura del Municipio San Carlos Estado Cojedes, bajo los Nros 745 y 243 de fechas: 07/07/1987 y 27/02/1985, respectivamente. Y confirmado que en efecto los ciudadanos precitados, fueron debidamente notificados de la solicitud formulada por el ciudadano: HUGO RAFAEL GONZALEZ PINEDA, sobre la extinción de la Obligación Alimentaria por haber alcanzado los beneficiarios su mayoría de edad; verificados los extremos del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA). Esta Juzgadora, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY.- ------ DECIDE: Primero: Se declara extinguida la Obligación Alimentaria del ciudadano: HUGO RAFAEL GONZALEZ PINEDA, titular de la cédula de identidad N° 8.670.018, respecto de sus hijos, ciudadanos: MARIELIS ELIZABETH Y KERWIN RAFAEL GONZALEZ CAICEDO, C.I. N° V-17.593.291 y V-17.593.290.-
Segundo: Se dejan sin efecto las medidas cautelares, que fueron decretadas mediante auto de fecha: 01/06/1999 y comunicadas mediante oficios Nros. 994, 995; en consecuencia comuníquese la presente decisión al patrono. Así se decide. Cúmplase. Ofíciese al patrono del obligado alimentario.
EN SAN CARLOS, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO, DEL AÑO 2006.-
La Juez de Juicio N° 01


Abg. Rosaura Herrera de Uzcategui
La Secretaria
Abg. Maria Gracia Quintero L.

RHdU/MGQ/ct.-
Exp. N° 0.910-91