-IV-
Decisión
Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por la ciudadana Reina Bárbara Machado Flores, titular de la Cédula de Identidad V- 7.537.582, debidamente asistida por el abogado Jiovanni José Pérez López, titular de la Cédula de Identidad V- 17.593.277, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 317.108, y estudiado el caso sometido a conocimiento de este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificació.....