Visto el escrito solicitud, presentado por los ciudadanos SILVIA YENNIFER ARTEAGA GÓMEZ y JUAN CARLOS VILLEGAS LA CRUZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 10.322.357 y V- 10.987.763 respectivamente, domiciliados en esta ciudad de San Carlos Estado Cojedes asistidos por la abogado en ejercicio VIOLETA BELLO MORENO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.671.802 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.956, de este domicilio, mediante el cual manifiestan su voluntad de SEPARARSE DE CUERPOS, alegando que contrajeron matrimonio Civil por ante el Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 28 de abril de 2003, que fijaron su domicilio conyugal en la Avenida Caracas, cruce con Calle Vargas de esta ciudad de San Carlos, Estado Cojedes, y que de esa unión conyugal no procrearon hijos, solicitando de mutuo acuerdo al Tribunal, conforme al Artículo 189 y 190 del Códi.....