Administrando Justicia y en Nombre de REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE DEMANDA DE PENSIÓN DE ALIMENTO, intentada por la ciudadana: ANA MERCEDES ORTEGA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-7.562.530 , de ocupación secretaria y domiciliada en Calle el encanto en la 1era casa a mano izquierda por la 1era entrada, sector Caño Hondo, Municipio Ricaurte del Estado Cojedes y por el CONSEJO DE PROTECCIÒN DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO RICAURTE DEL ESTADO COJEDES, contra el ciudadano: HECTOR MANUEL LEON ORTEGA, venezolano, mayor de edad, de ocupación comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-6.698.079, y con domicilio en la comunidad de Manrique sector Potrero Largo, preguntar en el modulo Policial, Municipio San Carlos del Estado Cojedes; dicha solicitud fue a favor del al adolescente: HECTOR MANUEL LEON ORTEGA, de trece (13) años de edad, conforme a lo .....