REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Cojedes
Juez Unipersonal de la Sala 3
Veintisiete de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: HP11-S-2008-000323

SOLICITANTE: NILDA DAYANA DUQUE DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.970.691.
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE.
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente asunto por Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada en fecha dieciséis (16) de mayo de dos mil ocho (2008), por el ciudadano José Bernardo Fuentes Acosta, en su carácter de Fiscal IV (encargado) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en defensa derechos e intereses del niño SE OMITE NOMBRE, de once (11) años de edad, a solicitud de la ciudadana Nilda Dayana Duque Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.970.691, mediante el cual solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento del indicado niño, evidencia esta jurisdicente que la parte solicitante no subsanó la omisión señalada en el auto de fecha diecinueve (19) de mayo de dos mil ocho (2008), que riela inserto al folio 09, es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Desistido el presente procedimiento. Así se decide.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Juicio Nº 03 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los veintisiete (27) días del mes de mayo de dos mil ocho (2.008). Años 197° de la Independencia y 149º de la Federación.

Jueza de Juicio Nº 03
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

La Secretaria
Abg. Maria Ubilerma Aguilar