Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la demanda de Fijación de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Niury Beatriz Ruiz Montes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-24.741.713, contra el ciudadano Ramón de Jesús Linares Arocha, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.043.875, a favor del niño: Se omite nombres de conformidad con el articulo 65 Lopnna, de dos (02) años de edad. Así se decide.
Segundo: Se fija como obligación de manutención, a favor del niño Se omite nombres de conformidad con el articulo 65 Lopnna, lo siguiente:
1. La cantidad de Un Mil Trescientos Bolívares sin céntimos (Bs. 1.300,00), mensual, lo cuales le serán descontado por nomina al ciudadano Ramón de Jesús Linares Arocha, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.043875 y entregado a la progenitora......