CAPÍTULO V
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: REVOCA la decisión de fecha de 27 de octubre de 2005, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual declaró Improcedente el derecho a cobrar honorarios profesionales. Segundo: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Andreina Bello, en su carácter de autos. Tercero: PROCEDENTE el derecho a cobrar honorarios profesionales causados por actuaciones judiciales. Cuarto: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo proferido.
Publíquese, regístrese, compúlsense las copias necesarias y remítase el expediente a su tribunal d.....