Es por todo lo expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Resuelve: Designar curador Ad-Hoc, de los adolescentes Se omiten nombres, de dieciséis (16), catorce (14) y doce (12) años de edad, y de los niños Se omiten nombres de siete, (07) y cinco (05) años de edad, a la ciudadana: Josefina Yudith Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.533.992, a los fines de que realice las funciones inherentes al cargo para el cual fue designado, con ocasión al futuro matrimonio que contraerá su progenitora ciudadana: Dayana Lilisbeth Garaban Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.900.928. Expídase por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devuélvase los documentos origina.....