es por lo que, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: ÚNICO: Autorizar suficientemente a la ciudadana Raiza Mota, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.324.981, para que proceda a gestionar todo lo concerniente para hacer efectivo el pago de prestaciones sociales, caja de ahorro, fideicomiso, vacaciones, utilidades, bonos, Ley de Política Habitacional, seguro social, HCM, y de los beneficios que le corresponda a la adolescente SE OMITE NOMBRE, ante el Ministerio De La salud en el Estado Cojedes, así como las pensiones y cantidades de dinero que se encuentren depositadas en la entidad financiera Banco de Venezuela, en virtud de ser beneficiaria y haber sido declarada Única y Universal Heredera del causante, quien en vid.....