se admite cuanto a lugar en derecho. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 640 del Código de Procedimiento Civil, se decreta la intimación de la demandada, empresa MATECO JIRACO, C.A., ubicada en la avenida Bolívar, local Mateo Jiraco, sector La Yaguara, ciudad de San Carlos, Estado Cojedes, R.I.F. Nº J-29698572-3, en su condición de deudor principal, y la del ciudadano JOSÉ JACINTO BRACHO CHOEZ, extranjero, de nacionalidad ecuatoriana, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-84.274.131, domiciliado en la calle Miranda, sector Banco Obrero, casa Nº 4-81, en la ciudad de San Carlos, Estado Cojedes, en su condición de representante legal de la empresa Mateco Jiraco, C.A., fiador solidario y principal pagador, para que comparezca por ante este Tribunal, dentro de los DIEZ (10) días de despacho siguientes a su intimación, a pagar a la parte actora, "BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A.", representada en este acto por su apoderado judicial, ciuda.....