Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Parcialmente con lugar la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano Jomar Aciclo Mejías Arena, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.988.582, quien actúa en representación de su hija Se omite nombres de conformidad con el articulo 65 Lopnna, de cinco (05) años de edad, contra la ciudadana Arneidys Jackeline Arias Noguera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.081.781, contra la ciudadana Arneidys Jackeline Arias Noguera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.081.781. Así se decide.
Segundo: Se establece el monto de la Obligación de Manutención en la cantidad de ochocientos bolívares (Bs. 800,oo) mensual, a razón de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,oo) quincenal. El monto establecido debe ser depositado en una cu.....