DECISION
En virtud de las consideraciones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ADMITE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano MUJICA WILLIAM JOSÈ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.551.750, representado por el Profesional del Derecho ciudadano JOSÉ DE ABREU, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 98.739, contra la presunta negativa de la empresa RORAIMA INN BINGO & HOTEL, C.A., de acatar la Resolución Administrativa Nº 2010-0308, dictada en fecha 23 de abril del 2010, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por la accionante; .....