IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos FLORENCIO ANTONIO MENDOZA RIVAS Y MARÍA ESTHER ARAUJO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V- 8.668.952 V 4.315.963, domiciliados en La Colina de San Lorenzo, calle Simón Rodríguez, casa S/N, color naranja, Municipio Tinaco del estado Cojedes, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges, ya identificados, y disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día primero (01) de julio del año dos mil (2.000) contraído por ante la Prefectura .....