IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos JOSÉ BENITO ARCILA HERRERA Y ANA RAMONA ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-9.533.723 y V-8.672.541, domiciliados el primero en la Urbanización Aeropuerto, sector 2, calle 3, casa Nº 34-67 de la ciudad de San Carlos del estado Cojedes y la segunda en la Urbanización Monseñor Padilla, calle 1, sector 2, casa Nº 44 de la ciudad de San Carlos del estado Cojedes, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges, ya identificados, y disuelto el víncu.....