Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que este Juzgado Primero en funciones de Juicio, constituido en Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, con base en lo establecido en los artículos 173, 364 y, 366 del Código Orgánico Procesal Penal, así como en las demás disposiciones Constitucionales y Legales supra referidas, ABSUELVE, al ciudadano, MAURY JOSÉ ANGARITA BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.157.086, residenciado en el Sector Los Pocitos, Calle Principal, Casa N° 16-224, San Carlos, Estado Cojedes; de la acusación incoada en su contra por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Cojedes, por los hechos punibles supra narrados en esta Sentencia, y a él atribuido por la Fiscalía del Ministerio Público; subsumidos en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que prev.....