este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cuanto a los cónyuges, Decide:
Primero: Declara Con Lugar la petición de Divorcio propuesto por los ciudadanos Jose Alejandro Guzmán Rodríguez y Ana Teresa Rivero Machado, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 10.325.328 y V- 10.986.501, en consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial contraído ante la Prefectura del Distrito Falcón, Estado Cojedes, en fecha 09 de septiembre de 1985, según consta en Acta Nº 159, tomo I, folio 01, de esa misma fecha, tal como se evidencia en el acta de matrimonio inserta al folio siete (7) y su Vto. y ocho (8) vto. del presente asunto.
Segundo: Realizar las participaciones pertinentes a los entes del Registro del Estado Civil de la jurisdicció.....