REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 27 de Julio de 2012.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por los ciudadanos ANAYIBER SOFIA GUTIERREZ GUTIERREZ GUITE, RICARDO ALEXIS GUTIERREZ PERALTA, MARIA DE LOS ANGELES GUTIERREZ PERALTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 14.613.890, 18.320.505, 19.723.354, respectivamente y de este domicilio; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio, LUIS ALEJANDRO RODRIGUEZ PEDREAÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.511; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARIBEL N. RIVAS R.

LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3932/12.-
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MARQUEZ M.



Solicitud Nº. 3932/12.-
MNRR/FMM/zh.-