Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, la conciliación celebrada entre las partes ya identificadas en los siguientes términos: La cantidad de cincuenta mil bolívares (Bs.50.000,.oo) semanales, correspondientes a doscientos mil bolívares (Bs.200.000,oo) mensuales, e igualmente en el mes de diciembre cubrirá los gastos de vestuarios y juguetes. Por cuanto esta Sala observa que los acuerdos a que han llegado las partes, no son contrarios a derecho, versan sobre derechos disponibles y no lesionan derechos e intereses legítimos de las niñas XXXXX,XXXXXXXXXXXXXX,XXXXXXXXXXXXXXXX de dos (02) años y 8 meses de edad respectivamente, sino que satisface el derecho que le asiste. Este Tribunal da por consumado el acto de OBLIGACION ALIMENTARIA e imparte su aprobación, homologando la conciliación, procédase como en sentenci.....