este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" y "l" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y atendiendo al Interés Superior del niño SE OMITE NOMBRE, Resuelve: Declarar Bastantes las Probanzas evacuadas para acreditar al niño SE OMITE NOMBRE, de seis (06) años, como parte de la carga familiar y en consecuencia, dependiente económicamente del ciudadano Leonardo José Campero Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.207.169, a los fines de que realice las gestiones necesarias para hacer extensivos los beneficios laborales. Se dejan a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código d.....