REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dieciocho de julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-V-2013-000165
ACTA

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves 18 de julio del 2013, oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su Fase de Mediación, tal como lo prevé el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de contencioso de Régimen de Convivencia Familiar de conformidad con lo establecido en el articulo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; se conforma el tribunal conformado por la ciudadana Jueza Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como Secretaria, la Abg. Crisálida Torrealba; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, comparece el ciudadano: Joel José Bolívar, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-20.416.144, en su condición de demandante y la ciudadana: Marioxi Yenire Mendoza Alvarado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.487.851, en su condición de demandada. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano: Joel José Bolívar, quien manifestó: “Propongo compartir con la niña, un fin de semana, cada quince (15) días, debiendo buscarla en el hogar de la progenitora, ciudadana Marioxi Mendoza; retirándola los días viernes, en horas de la tarde y retornarla los días domingo en horas de la tarde. El día del Padre, lo compartirá con el ciudadano Joel Bolívar, y el día de la Madre, lo comparta con la madre, ciudadana Marioxi Mendoza. En el mes de diciembre el 24, que la niña compartirá con el progenitor y el 31 de diciembre con la progenitora, siendo alternado los años siguientes. El día del cumpleaños de la niña, compartirá con ambos progenitores”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: Marioxi Yenire Mendoza Alvarado, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el progenitor de mi hija”. Es todo. Oída la exposición de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Resuelve. Primero: Homologar el acuerdo celebrado entre los ciudadanos: Joel José Bolívar y Marioxi Yenire Mendoza Alvarado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.416.144 y V-20.487.851, respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña: SE OMITE NOMBRE, de nueve (09) meses de edad. En consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Régimen de Convivencia Familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del 26/07/2013. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante:



Joel José Bolívar



Demandada:



Marioxi Yenire Mendoza Alvarado
La Secretaria

Abg. Crisálida Torrealba