-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Primero: Imparte su aprobación y Homologa el Acuerdo Conciliatorio, efectuado mediante acta de fecha 07 de Julio de 2025, entre la parte demandada, que lo es, el ciudadano Claudio Mario Borrelli Agosi, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.328.309, asistido por la abogada Edifrangel León, titular de las Cédula de Identidad N° V-7.458.159, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.309, y la parte demandante, que lo es, la Asociación Nacional de Productores Agropecuarios del Campo Venezolano "ANPROCAVE", inscrita su Acta Constitutiva Estatutarias por ante el Registro Público de los Municipios Araure, Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, en fecha 11 de Agosto del Año 2.005, quedando protocolizada bajo el N° 5, folio 19, Tomo 11 del prot.....