este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Se declara: Incompetente por el Territorio, para conocer del presente asunto de demanda de Colocación en Entidad de Atención, incoada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo, contra los ciudadanos Morelia María Herrera López y Leopoldo José Herrera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.864.763 y V-5.329.130, respectivamente, en beneficio del adolescente se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna, de catorce (14) años de edad; en consecuencia se Declina la Competencia al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Valencia Est.....