Es por todo lo antes expuesto que éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: ÚNICO: Autorizar suficientemente a la ciudadana Yulimar María Sánchez Romero, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.244.432, a los fines de que sirva gestionar el cobro a nombre de su representada hija, la adolescente Se Omite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, en todo lo concerniente a la Pensión, Fideicomiso, Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Ley de Política Habitacional y otros beneficios laborales que le pudieran corresponder a la referida adolescente, dejado por su padre, el De Cujus Edgar Enrique Flores, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.743.466, por ante la Zona Educativ.....