Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" e "l" y en atención al interés superior del niño SE OMITE NOMBRE de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Resuelve: "DECLARAR BASTANTE", las probanzas evacuadas, para constituir como carga familiar del ciudadano José Vicente Núñez Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº V- 4.608.440, al niño SE OMITE NOMBRE, de cinco (05) años de edad. En consecuencia le corresponden todos los beneficios laborales de la Empresa PDV COMUNAL, donde labora el ciudadano José Vicente Núñez Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de i.....