REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 07 de Diciembre de 2011.
201º y 152º

ASUNTO: HP11-V-2010-000234

I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Gildrelys Beatriz Ortega, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.618.227.
DEMANDADO: Félix Miguel Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.669.942.
BENEFICIARIA: SE OMITE NOMBRE, de siete (07) años de edad.
MOTIVO: Extinción de Filiación.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.


Revisadas cuidadosamente las actas que conforman la presente causa por el motivo de Filiación, incoada por la Gildrelys Beatriz Ortega, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.618.227, contra el ciudadano Félix Miguel Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.669.942, a favor de la niña SE OMITE NOMBRE, de siete (07) años de edad.

Se evidencia que en fecha seis (06) de Diciembre del año 2011, se recibió diligencia presentada por la Fiscalía IV del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual consigna copia del Registro de Nacimiento de la niña SE OMITE NOMBRE, de siete (07) años de edad, Acta Nº 1113 de fecha 27/10/2011, suscrita por el Registrador del Consejo Nacional Electoral del estado Cojedes; en la cual consta el reconocimiento por parte del padre de la niña, ciudadano Félix Miguel Pérez. Igualmente solicita se declare terminado el presente procedimiento y dicte la sentencia correspondiente.

Hechos los análisis que preceden y visto que la situación actual de la beneficiaria se enmarca dentro de la hipótesis normativa prevista para que proceda la extinción de la Filiación, la consecuencia necesaria es declarar la extinción de la misma, y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo.

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Extinguido el procedimiento por motivo de Filiación, incoado por la ciudadana Gildrelys Beatriz Ortega, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.618.227, contra el ciudadano Félix Miguel Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.669.942, a favor de la niña SE OMITE NOMBRE, de siete (07) años de edad. SEGUNDO: Se declara terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y el archivo del presente asunto. Ofíciese lo conducente.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medición y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos, a los siete (07) días del mes de diciembre de dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.

La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño.


La Secretaria

Abg. Enir Rosales.


En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ00620110001096.

La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬______________________.