En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
PRIMERO: Se extingue la Obligación de Manutención, dictada por el extinto Juzgado de Menores, en fecha 09 de Marzo de 1994, en beneficio del joven adulto Leandro David Quiroz González, de veinte (20) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.270.982.
SEGUNDO: Remítase el presente asunto al archivo judicial. Líbrese oficio respectivo.
TERCERO: Ofíciese al Director General de Servicios de Seguridad, Orden Público y Protección de las Víctimas del Gobierno del estado Carabobo, acompañado de la copia certificada de la sentencia. Líbrese oficio respectivo.
CUARTO: Notifíquese a la ciudadana Olga María Aguilar Delgado, venezolana, mayo.....