Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: ÚNICO: Autorizar suficientemente a la ciudadana Ana Beatriz Rivero Ramos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.245.332, para que en nombre y en representación de su hija gestione todo lo concerniente para hacer efectivo el pago por las cantidades de dinero existentes por cobrar por ante las compañías Aseguradoras (Seguros Caracas) y antes otras instituciones publicas y privadas, así como cualquier otro derecho o beneficio que le corresponda a la adolescente SE OMITE NOMBREde catorce (14) años, del causante de quien en vida respondiera al nombre de: Profirio José Estrada Pérez, quien era venezolano, mayor de edad, tit.....