este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 177, parágrafo Segundo, literal "e", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en atención al interés superior del adolescente de conformidad con el literal a) y e) del artículo 8 de la ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el artículo 53 eiusdem, concédase Autorización Judicial Suficiente al adolescente SE OMITE NOMBRE, para que pueda ingresar a cursar estudios en el Instituto Universitario Militar de Comunicaciones y Electrónica de la Fuerza Armada Nacional (IUMCOELFA), por cuanto es un requisito solicitado para la inscripción en el mencionado Instituto. En el entendido de que responsabilidad de crianza, representación y administración de los bienes del adolescente estarán a cargo.....