Con fundamento a lo antes expuesto, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda incoada por la ciudadana Yndry Josefina Natera, actuando en representación del adolescente (Identidad omitida según art. 65 LOPNA), provisto de asistencia jurídica por el abogado Euclides José Herrera, contra el ciudadano Yovany Gómez. En consecuencia, queda ajustada la pensión de alimentos así: cuatrocientos bolívares (Bs. 400,00) porcentualmente equivalente a un cero punto cuarenta y seis (0,46) salarios mínimos. Respecto a los gastos por concepto de uniformes, útiles escolares, ropa, calzado, se mantienen los porcentajes fijados de mutuo acuerdo por las partes ante el Consejo de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Tinaco Estado Cojedes, de: veinticinco por ciento (25%), deducidos de l.....