En razón a las consideraciones antes señaladas este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por HECTOR EDUARDO BARRIOS, Abogado Procurador de Trabajadores, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 113.718, actuando en nombre y representación de BRICEÑO MUÑOZ LEONEL, RIVERO JOSÉ GREGORIO, INOJOSA DIAZ JOSE, TERAN HERNANDEZ RONNY Y SARRÍA BERMUDEZ PEDRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.009.924, 11.996.290, 18.900.588, 24.702.273 y 9.908.279, presentes en esta Audiencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el cual se aplica por disposición expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal de.....