este Tribunal de Protección del Niño y del adolescente del estado Cojedes Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede Autorización Judicial a la ciudadana Cruz Inmaculada Ortega, para que en nombre propio y en representación de su hija SE OMITE NOMBRE, proceda a realizar todas las gestiones relativas recibir y administrar lo correspondiente a la cancelación de Prestaciones Sociales, Fideicomisos, Seguro Social de Vida y otros derechos dejados por el de Cujus Freddy Benjamín Fernández Rigores.
Por otra parte, se impone a la solicitante ciudadana Cruz Inmaculada Ortega, la obligación de informar a este órgano jurisdiccional en el término de treinta (30) días los resultados de sus gestiones. Expídase por Secretaría copia certificada de la solicitud y de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.