REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Cojedes
Juez Unipersonal de la Sala 3
Treinta de abril de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: HP11-S-2008-000252
SOLICITANTE: CECILIA LOPEZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 81.606.660.
ABOGADO ASISTENTE: VIOLETA BELLO MORENO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.956.
DESCENDIENTES: SE OMITEN NOMBRES.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

De la revisión exhaustiva de las actas que conforma el presente asunto por Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada en fecha dieciocho (18) de abril de dos mil ocho (2008), por la ciudadana Cecilia López, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 81.606.660, debidamente asistida por la ciudadana Violeta Bello Moreno, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.956. Ahora bien, evidencia esta jurisdicente de las actas procesales que conforman el presente expediente, que la parte solicitante no subsanó la omisión señalada en el auto de fecha veinticuatro (24) de abril de dos mil ocho (2008), es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistido el presente procedimiento. Así se decide.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Juicio Nº 03 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los treinta (30) días del mes de abril de dos mil ocho (2.008). Años 197° de la Independencia y 149º de la Federación.
Jueza de Juicio Nº 03
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Secretaria
Abg. Maria Ubilerma Aguilar