este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes las probanzas evacuadas para acreditar a favor de los ciudadanos Carmen Carolina Santamaría León, María Luisa Santamaría León, Ezequiel Antonio Santamaría León, Javier Antonio Santamaría León y los adolescentes SE OMITEN NOMBRES, la cualidad que tiene de Únicos y Universales Herederos de la causante, quien en vida respondiera al nombre de Carmen Omaira León, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.963.507, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes .....