Escuchadas las exposiciones del Fiscal Tercero del Ministerio Público, de la defensa pública penal, así como sus solicitudes, y la deposición de los órganos de prueba; este Tribunal, conformado como tribunal Unipersonal, pasa a dictar la Dispositiva y lo hace de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera, de conformidad con lo establecido en los articulo 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, INOCENTE y en consecuencia ABSUELVE por el delito de Posesión De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el articulo 36 de la ley orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas al ciudadano: EDGAR ALEXANDER VILLANUEVA MORENO, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.775.590, obrero, domiciliado en el barrio caja de agua, sector Quebrada Negra.....