-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana CARMEN MARGARITA RUMBO DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº V-3.043.126, domiciliada en la calle Falcón, entre Calles Páez y Sucre, casa N°7-37, Ciudad De San Carlos, Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, actuando en su propio nombre como esposa y en representación de mis hijos los ciudadanos; Josefina Gregoria Blanco Rumbos, Libia Yuranzi Blando De Teran, José Agustin Blanco Rumbo, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.539.548, V-8.674.754, V-10.327.827, respectivament.....