Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, se declara, Incompetente por la materia, para conocer de la demanda de Resolución de Contrato, incoado por los ciudadanos Norelbys Miledys Manaure Bella, Raydan Ramón Vargas y Zenayda de la Cruz Farias Díaz, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números 12.309.536, 12.366.415 y 3.640.436 respectivamente, en contra la ciudadana Yolanda Josefina Morón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.507.468, en consecuencia Declina la Competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil. Así se decid.....