Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en atención al interés superior de los niños SE OMITEN NOMBRES; previsto en el literal "a" y "e" del artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve:
PRIMERO: Ratificar la Medida Provisional de Colocación Familiar, dictada en fecha veintitrés (23) de abril de dos mil tres (2.003), de los niños SE OMITEN NOMBRES, en el hogar de la ciudadana Flor María Sequera Pineda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 89.538.894, residenciada estado Cojedes, San Carlos, Complejo Habitacional Ezequiel Zamora, Zona 4, Edificio F, apto 01-05 de conformidad con el articulo 128 de la Ley Orgánica .....