este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: "DECLARAR BASTANTE", las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana Carmen Aurora López de Cesar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.689.975, en su condición de cónyuge del causante, los ciudadanos Nelida Antonieta Cesar López, Darío David Cesar López, Mery Josefina Cesar López, Ely Maria Cesar López, Ysbeli Yadira Cesar López, Mayra Carolina Cesar López venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.689.975, 9.535.885, 8.673.787, 8.673.788, 10.987.609, 10.991.895, 12.367.432 res.....