Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en atención al interés superior de la niña: SE OMITE NOMBRE, de once (11) años de edad; previsto en el literal "a" y "e" del artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve:
PRIMERO: Ratificar la Medida Provisional de Colocación Familiar, dictada en fecha 30 de agosto del 2.002, de la niña SE OMITE NOMBRE, en el hogar de los ciudadanos Allegra Visney Ortiz Parra, Juan José Parra Rojas, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.673.251 y12.364.792, residenciados en el Baúl, calle Bolívar, casa Nº 07-92, Municipio Girardot, de conformidad con el articulo 128 de la Ley Orgánica pa.....