Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Se declara con lugar la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos Simón Antonio Cuba, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.106.108 y Flor Teresa Noguera Pinto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.321.443, en consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges quedando disuelto el vínculo matrimonial que existió desde el día 24 de noviembre de 2.001, quienes contrajeron matrimonio por ante la Prefectura del Municipio Falcón, del estado Cojedes, acta Nº 232, año 2.001, a partir de la fecha de la publicación de la presente decisión.
Segundo: En cuanto a los convenios suscritos entre las partes en relación al ejercicio d.....