éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, parágrafo 1º, Resuelve:
PRIMERO: Declarar Con Lugar, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos Fabián Eduardo Mora Rodríguez y Jenny Maryu Colina Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.425.072 y V-12.769.366, respectivamente, en consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges, quedando disuelto el vínculo matrimonial que existió desde el día 29/09/2012, ante el Registro Civil de la Parroquia Macapo del Municipio Lima Blanco Estado Cojedes, según acta de matrimonio Nº 60, a partir de la fech.....