Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Resuelve: Designar curador Ad-Hoc, a favor de los niños ..........................., ........................... y ..........................., de ocho (8) y seis (6), años de edad, al ciudadano Elvis Javier Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.326.347, residenciado en El Espinal, casa S/n, Calle Las Rosas, Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, a los fines de que realice las funciones inherentes al cargo para el cual fue designado con ocasión al futuro matrimonio que contraerá su progenitor ciudadano Julio Cesar Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.627.929, residenciado en el Sector 24 de junio calle Ezequiel Zamora, Municip.....