éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Improcedente la autorización judicial solicitada por el Defensor Público Juan Ramos Ferrer, a solicitud de la ciudadana Elia Rosa León, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.965.473 para proceder a gestionar el cobro por concepto de Prestaciones Sociales, correspondiente a la adolescente SE OMITE NOMBRE, declarada Única y Universal Heredera del causante, del De Cujus Roger José Salazar Aponte, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.988.514; en virtud que la ciudadana Elia Rosa León, es la Tía Materna de la adolescente y por ende no ejerce la patria potestad, como ha quedado demostrado jurídicamente en la Acta de Nacimiento Nro. 424, emitida por la Directora del .....