éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Autorizar suficientemente a la ciudadana Rosa María Liberto Quintero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.989.651, en su condición de representante legal del niño SE OMITE NOMBRE, de diez (10) años de edad, a los fines de que proceda a realizar la presente venta de dicho inmueble antes identificado. Segundo: Se insta a las partes a consignar ante este Tribunal, copia certificada del documento de Compra Venta del Inmueble, una vez protocolizado. Igualmente, se insta al ciudadano José Antonio Liberto Quintero, en su condición de curador especial, a rendir cuentas antes este Tribunal, sobre las gestiones realizadas. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente .....