Éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Régimen de Convivencia Familiar, celebrado entre los ciudadanos Diana Carolina Aponte Serrano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V-19.889.941 y Carlos Manuel Mejías Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nro. V-17.595.781, en beneficio de la adolescente (Se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección para Niños, Niñas y Adolescentes), de catorce (14) años, nacida en fecha 21/06/2004, titular de la cédula de identidad Nº V.-30.801.944, pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA como sentencia firme ejecutoriada.