DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: DECRETA, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), seguido por el abogado Leonardo Moreno Pizani, en representación del ciudadano ENZO ALEXANDER AGUIAR DELGADO, contra el ciudadano HENRY COROMOTO ESCALONA, suficientemente identificados en las actas: MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, sobre:
¿ Bienes muebles propiedad del demandado, ciudadano HENRY COROMOTO ESCALONA.
¿ Si la medida de embargo recae sobre cantidades líquidas de dinero, es hasta cubrir la cantidad de BOLÍVARES OCHENTA MIL (Bs.80.000.00), suma intimada. En este caso, las cantidades de dinero retenidas deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre de este juzgado, más la cantidad de BOLÍVARES VEINTE MIL (Bs.20.000.00), por concepto de costas procesal.....