En mérito de las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con lugar la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Yoel Enrique Mendoza Escorcha, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-10.322.754 y Elizadeth Parra, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.324.390. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une desde el día 16 de septiembre de 1.991, por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Cruz, Municipio Turen del estado Portuguesa, a partir de la publicación de la presente sentencia; Segundo: Se homologan los acuerdos suscritos entre las partes sobre la Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar relativo a los hermanos SE.....