D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones actuando en Sala Única, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1) A D M I T E cuanto a lugar en derecho el recurso de apelación de auto interpuesto por el ciudadano Josè Rafael Zapata Mazzei, Defensor Privado del ciudadano Carlos Eduardo Uzcategui Villarreal, contra el fallo proferida por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha veintiséis (26) de marzo de dos mil siete (2007), mediante audiencia preliminar y entre otros pronunciamientos resolviò, [mantener], la medida cautelar privativa de libertad dictada en contra del mencionado encausado.
2) ADMITE las pruebas promovidas por el recurrente, por no ser estas manifiestamente ilegales, ni impertinentes, a reserva de su apreciación o no, en la oportunid.....