Se declaro: Primero: Con Lugar la presente demanda Mero Declarativa de Unión Estable de Hecho (Concubinaria) intentada por la ciudadana Ana Sorina Ochoa Flores, identificada con la Cédula número V.3.692.087, en contra de los ciudadanos Enma Mary Angel Perdomo y Rafael Miguelangel Perdomo Ochoa, identificados en actas, en sus caracteres de Herederos del De cujus, ciudadano Rafael Ramón Perdomo Flores (+), identificado en vida con la Cédula de Identidad número V.5.209.268 y contra todas aquellas personas que se crean con derechos, que tengan interés directo y manifiesto.-
Segundo: Se Declara que existió una Unión Estable de Hecho (Concubinato) entre los ciudadanos Ana Sorina Ochoa Flores y Rafael Ramón Perdomo Flores (+), venezolanos, mayores de edad, solteros, identificados con las Cédulas de Identidad números V. 3.692.087 y V. 5.209.268 en su orden, desde el día primero (1º) de enero de 1982 hasta el día hasta el veintinueve (29) de enero del año dos mil quince (2015), ambas fechas.....